Justicia niega a Epa Colombia la detención domiciliaria para cumplir su condena

Daneidy Barrera Rojas, conocida como Epa Colombia, deberá continuar cumpliendo su condena de cinco años y tres meses en la cárcel El Buen Pastor de Bogotá, tras la negativa de un juzgado de ejecución de penas a concederle la detención domiciliaria. La decisión fue tomada el 8 de mayo de 2025 y se basó en informes del Inpec, la cárcel, la Corte Suprema y el Ministerio de Justicia.

La solicitud de Barrera argumentaba su condición de madre cabeza de familia y pedía cumplir la condena en casa. El juzgado determinó que no cumple con los requisitos legales para acceder a este beneficio, pues no se demostró que haya obrado en condiciones que justifiquen la sustitución de la prisión.

La Corte Suprema negó que su trabajo como creadora de contenido pueda ser reconocido como prestación de servicios de utilidad pública para sustituir la pena. La condena está relacionada con delitos cometidos durante el paro nacional de 2019, cuando Barrera promovió actos contra estaciones de TransMilenio.

La defensa de Barrera anunció que apelará la decisión. Mientras tanto, permanece en prisión y enfrenta un proceso de reparación económica por los daños causados en la infraestructura del sistema de transporte público.

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